Desde la entrada en vigencia del toque de queda este miércoles 18 de marzo, la Fuerza Pública ha logrado retener a 159 personas, entre ellas 22 mujeres y 137 hombres, 8 de ellos menores de edad. La información se desprende de un informe acciones policiales, en el que también se indica que en la provincia de Panamá Oeste, hubo 58 retenciones, en Bocas del Toro 15, Colón 14, en la Zona Policial Comarcal 14, Chiriquí 12, Herrera 8, Pacora 12, Chilibre 8, en la Zona Policial Norte 6, Coclé 5, San Miguelito 4 y la Zona Policial del Canal, hubo 3 retenciones. Por otro lado, la Policía Nacional también ha verificado el cumplimiento del Toque de queda y el decreto 472 que extrema las medidas sanitarias ante la declaración de pandemia de la enfermedad Coronavirus (Covid-19) por la OMS/OPS. Durante esta inspección, un total de 372 locales fueron verificados, ocho de los cuales no cumplieron con las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud (Minsa). El toque de queda exceptúa a la Fuerza Pública, servidores públicos que atienden la emergencia, personal de hospitales, industrias farmacéuticas, transporte público, gasolineras, supermercados, mercados, abarroterías, restaurantes con autoservicio y aquellos que brinden un servicio a domicilio, colaboradores de los medios de comunicación, hoteles para alojamiento, empresas de seguridad, bancos e industrias agroalimentarias y aquellas dedicadas a la carga terrestre, aérea y marítima, para poder movilizarse entre las 9 de la noche y las 5 de la mañana, tiempo durante el que se restringe la circulación de personas en calles y avenidas del país. La Fuerza Pública hará cumplir esta medida mediante operativos policiales, quienes incumplan con el toque de queda serán llevados ante un juez de paz, para que se apliquen las sanciones correspondientes. Se recuerda, además, que el Artículo 308 del Código Penal establece que quien propague una enfermedad peligrosa o contagiosa para las personas o infrinja las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la propagación de una enfermedad, será sancionado con pena de prisión de 4 a 6 años. Si se trata de una enfermedad contagiosa, la pena será de 10 a 15 de años de prisión.