El Servicio Nacional de Migración (SNM) empezó a partir de hoy en su sede, el proceso de atención  para migrantes que tienen más de dos años en el país y que buscan optar por el “Permiso Temporal de Protección”.

La subdirectora del SNM, María Isabel Saravia, explicó que se atenderá en horario regular de 7: 00 a.m. a 3:00 p.m., un total de 200 personas diarias, que aplicaron para solicitar este permiso.

Debido al poco espacio con que cuenta el SNM, la subdirectora Saravia recomendó a los extranjeros que acudan en transporte selectivo o colectivo, que no madruguen ni pernoten en las inmediaciones, toda vez que “no es un crisol de razas ni una feria. Se dará atención a todas las personas que lleguen para los procesos regulares o aquellos que tengan su cita para el permiso temporal de protección”.

Los extranjeros saldrán de la institución con su carnet de identificación y además se hará una biometría, se actualizará la foto y datos personales de su registro de extranjería.

La subdirectora Saravia detalló que la atención para este trámite estará abierto durante un año, para que aquellas personas que no pudieron obtener cita durante la primera semana, tengan 11 meses más para poder solicitar atención.

El SNM informó que podrán optar por el “Permiso Temporal de Protección”, todas las personas extranjeras, sin distingo de nacionalidad que, a la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo No.112 de 13 de julio de 2023, se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y hayan permanecido en el país por un periodo no menor de un año, sin que mantengan proceso migratorio vigente.

Este permiso temporal tiene el propósito de dar protección a la población migrante irregular que está en condición de vulnerabilidad, sujeta a riesgos y peligros ante el tráfico ilícito de migrantes y las distintas modalidades de trata de personas.

El “Permiso Temporal de Protección” se otorgará por un período único de dos años no prorrogables, de forma individual para cada solicitante, por lo tanto, no admite dependientes. De esta forma, las personas beneficiadas podrán residir en el territorio de la República de Panamá durante dos años, cumpliendo con las obligaciones tributarias, de seguridad social, sanitaria y legal en general que demanden su actividad.