El Ministerio de Seguridad Pública; creado por la Ley No. 15 del 14 de Abril de 2010, tiene como Misión y Visión: Misión Garantizar la seguridad interna y la defensa de la soberanía del Estado, liderando, proponiendo e implementando las políticas de seguridad pública, generando y promoviendo un adecuado ambiente para la convivencia pacífica, la protección de los derechos y garantías fundamentales, con la participación articulada entre los organismos del Estado. Visión Ser un ministerio articulador e innovador en la gestión de las políticas del Estado en materia de seguridad, comprometido con el bienestar ciudadano, con un equipo profesional altamente calificado, reconocido por su servicio destacado, transparente y eficiente desde una óptica integral; incorporando tecnología avanzada y un sistema de información adecuado para el proceso de toma de decisiones. Funciones Mantener y defender la soberanía nacional, velar por la seguridad, la tranquilidad y el orden público en el país, así como proteger la vida, honra y bienes de sus nacionales y de los extranjeros que estén bajo su jurisdicción. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Seguridad Pública está facultado para: Coordinar los servicios de seguridad pública. Coordinar la actividad de los organismos de información e inteligencia de los estamentos que integran este Ministerio para los efectos de la seguridad pública del país, en coordinación permanente con el Consejo de Seguridad Nacional. Promover políticas y acciones de prevención del delito.Establecer políticas y acciones de protección y seguridad de quienes se encuentren en el territorio nacional.Formular y regular las políticas para la prevención e investigación científica de la delincuencia, que afectan de modo cuantitativo o cualitativo a la comunidad.Recabar la información y analizar los estudios o las propuestas para prevenir y evitar cualquier peligro, amenaza o agresión contra la independencia, soberanía e integridad territorial.Promover la adecuación del equipamiento de los servicios de seguridad pública para el desempeño de sus funciones.Coordinar y reglamentar lo relacionado con las empresas de seguridad privada, empresas armeras y de explosivos en el país.Coordinar y supervisar con otras instituciones o servicios de seguridad pública extranjeros la ejecución de los acuerdos y convenios internacionales en los que la República de Panamá sea signataria.Promover la capacitación profesional de su recurso humano.Reglamentar el régimen disciplinario especial de los servicios de seguridad pública.Ejercer las demás funciones que le establezca la ley.