La DIASP es la Dirección responsable de garantizar el cumplimiento de las normas concernientes a armas de fuego, municiones y materiales relacionados, pirotecnias y explosivos, así como las agencias de seguridad privada. Todo lo anterior fundamentado en el Decreto Ejecutivo N° 22 de 31 de enero de 1992 por el cual se regulan las condiciones de aptitud, derechos y funciones de los vigilantes jurados de seguridad y la Ley 57 de 27 de mayo de 2011, General de Armas de Fuego, Municiones y Materiales Relacionados. MISIÓN Y VISIÓN Controlar, registrar y regular las actividades operacionales desarrolladas por la empresas dedicadas al servicio de protección y vigilancia privada, así como aquellas que se dedican a la importación y comercialización de armas de fuego, municiones y materiales relacionados, explosivos, pirotecnia y otras actividades relacionadas con la seguridad en el ámbito privado. OBJETIVO GENERAL Dirigir, supervisar y desarrollar nuevas estrategias encaminadas al mejoramiento de la gestión de procesos con el fin de promover la eficiencia y eficacia de todas las áreas reguladas por la DIASP. Funciones Emitir las licencias y certificados establecidos en la Ley, previo cumplimiento de los requisitos previstos para cada caso.Fiscalizar y supervisar el funcionamiento de establecimientos que se dediquen a la comercialización, importación y exportación de armas de fuego, municiones y materiales relacionados, previamente autorizados por el Ministerio de Seguridad Pública.Autorizar, fiscalizar y supervisar del funcionamiento de polígonos de tiro, armerías y máquinas para recargar municiones.Autorizar y supervisar la tenencia de armas de fuego que pertenezcan a las empresas de seguridad privada y el porte de estas por sus trabajadores, con licencia para portarlas, en apego a esta Ley.Supervisar el inventario físico de las armas de fuego, municiones y materiales relacionados que se encuentren en los establecimientos comerciales, lugares de depósito, polígonos de tiro y armerías.Realizar los exámenes técnicos y periciales a los solicitantes de certificados de tenencia y licencias de portes de armas, por primera vez.Colaborar con el Ministerio de Seguridad Pública para diseñar y planificar estrategias y medidas para erradicar el tráfico y circulación ilícita de armas de fuego en el país.Proponer al Ministerio de Seguridad Pública programas y proyectos orientados a promover la entrega voluntaria de armas de fuego no registradas.Promover las denuncias ante la autoridad competente cuando se tenga conocimiento de la posible comisión de un delito.Remitir al ministro de Seguridad Pública y al director de la Dirección de Investigación Judicial informes mensuales sobre licencias de porte y certificados de tenencia otorgados para el uso de armas de fuego.Cumplir y hacer cumplir esta Ley y su reglamento.Ejercer las demás que le sean asignadas en la Ley.